Baremos IRPF
Una de las claves para entender el funcionamiento del IRPF es justamente su naturaleza progresiva. Es a través del baremo IRPF donde podemos notar la progresividad de este tipo de gravamen. Las tasas contenidas en este instrumento fiscal permiten al contribuyente evidenciar que aquellas personas con mayores rentas deberán cancelar también una mayor proporción de sus tributos.
Los baremos IRPF son emitidos por el Estado y están diseñados para que cada uno de las personas físicas en España, contribuyan al sostenimiento del gasto público a través del pago de sus impuestos.
Por lo general, las alícuotas que integran estos tributos se mantienen estables a largo de los periodos fiscales, a excepción de que ocurra alguna reforma fiscal que afecte la estructura de los baremos IRPF. Si deseas conocer un poco más acerca de los baremos IRPF, entonces te invitamos a continuar leyendo este interesante artículo.
¿Cómo será el Baremo IRPF para este 2020?
Año tras año los contribuyentes se mantienen al tanto de los posibles cambios que puedan producirse en los baremos IRPF, para posteriormente llevar a cabo el cálculo de sus impuestos. Este año 2020, las tasas establecidas por Hacienda en los baremos IRPF se mantienen relativamente constantes en comparación a las del pasado año.
No obstante, se incluyen dos nuevos tramos que toman en consideración la renta devengada por todas aquellas personas naturales con ingresos superiores a los 60 mil euros anuales. En este sentido todos aquellos contribuyentes cuya renta ascienda a los 130 mil euros y 300 mil durante el ejercicio fiscal, deberán destinar una mayor fracción de sus ingresos al pago del IRPF.
De acuerdo a las propuestas elevadas por las facciones políticas PSOE y Unidas ante Hacienda, se ha estimado un incremento máximo del 47% y 49% correspondientemente para estos dos nuevos tipos de tramos. Como podemos apreciar, aunque el incremento de 2 y 4 puntos porcentuales sobre la tasa máxima pueda parecer bastante sutil, resulta realmente significativo sobre todo considerando el impacto que tiene este impuesto sobre el total recolectado en arcas públicas.
¿Cuáles son los tramos que integran el baremo IRPF?
Como te mencionamos anteriormente, el IRPF es un impuesto que recae de manera progresiva sobre la renta del contribuyente, esto quiere decir que al incrementar los ingresos que conforman la renta del contribuyente, también en esta proporción aumenta el porcentaje que se debe cancelar por concepto de tributos.
Para estimar la cantidad de impuestos que se deben pagar, Hacienda emplea un conjunto de alícuotas que se encuentran contenidas en el baremo IRPF. Esto no es más que una herramienta de carácter fiscal, la cual se puede utilizar para obtener una estimación bastante cercana de la fracción de la renta a cancelar.
No obstante, es necesario tener en consideración que el baremo IRPF se encuentra dividido en un conjunto de tramos, a través de los cuales los contribuyentes pueden ubicarse de manera proporcional al total de ingresos percibidos durante el periodo fiscal. En cada uno de ellos se estable un monto mínimo y un monto máximo sobre el cual oscila la renta en cuestión.
Estos tramos se extienden en un amplio espectro de montos que van desde el monto mínimo a declarar, hasta el máximo valor contemplado por la ley y en cada uno de ellos se fija una tasa en específico que se aplicará a la renta del contribuyente. A continuación, te mostramos los tramos que integran el baremo IRPF para este año 2020:
- Primero que nada, debes tener en consideración que la ley exime de pago del IRPF a todos aquellos contribuyentes que hayan devengado una renta igual o inferior a los 22 mil euros anuales, siempre y cuando estos reciban dicho monto de un único pagador. Si tu renta está constituida por los ingresos de más de un pagador, entonces deberás compararla con las alícuotas establecidas en los tramos del baremo IRPF.
- El primer tramo está constituido por todas aquellas personas que devengan una renta anual de al menos 12.450 euros durante el ejercicio fiscal. Sobre estos contribuyentes recae una alícuota del 19%.
- El segundo tramo de la tabla acoge a todas aquellas personas con unos ingresos por renta que inicien en los 12.450,01 euros anuales, hasta un límite de 20.200 euros durante un periodo de tiempo equivalente al menos a un año. Estas personas poseen pasivos por concepto de pago del IRPF que deben ser calculados en base a una tasa del 24%.
- Por otra parte, el tercer tramo de la tabla inicia para todos aquellos contribuyentes que logren generar ingresos por el orden de los 20.200,01 euros hasta una renta equivalente a 35.200 euros. Estos contribuyentes deberán calcular sus impuestos tomando como referencia un porcentaje del 30%.
- En el cuarto tramo del baremo IRPF se encuentra integrado por un tramo que contiene la renta de todas aquellas personas naturales que obtengan ingresos de al menos 35.200,01 euros al año, hasta alcanzar una renta equivalente a los 60 mil euros. Sobre estos contribuyentes recae una tasa del 37%.
- Posteriormente se incluye la primera modificación al baremo IRPF, atribuida a las personas con rentas que sobrepasan los 60 mil euros anuales. En esta oportunidad todos aquellos con una renta que oscile entre los 60.000,01 euros y los 130 mil euros; deberán aplicar una alícuota del 45% sobre sus ingresos.
- El siguiente tramo integrado está formado por las rentas acreditadas a los contribuyentes con una capacidad contributiva que va desde los 130.000,01 euros, hasta un monto máximo de 300 mil euros anuales; la tasa aplicada en este caso corresponde al 47%.
- Por último, todas aquellas personas con una renta superior a los 300 mil euros, deberán tener en consideración que los impuestos sobre dicha renta deberán ser calculados con una alícuota del 49%.
Recuerda que las alícuotas, tasas o porcentajes mencionados anteriormente no gravan el total de la renta, sino que se aplican a la diferencia existente entre los montos que conforman cada uno de los tramos.
Por ejemplo, para el segundo tramo que se encuentra comprendido entre 20.200 y 12.450 euros existe una diferencia de 7750 euros, si a esta diferencia se le aplica una alícuota del 24% entonces se obtiene un monto de 1860 euros a declarar.
Esperamos que este artículo te permita planificar de una manera mucho más eficiente la distribución del pago de tu impuesto sobre la renta de las personas físicas, así como un cálculo mucho más sencillo de tu IRPF.
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