Qué Irpf me corresponde
Uno de los aspectos que más suele desconcertar a los contribuyentes al momento de declarar su impuesto sobre la renta es precisamente lo relacionado al monto que deben cancelar.
Muy probablemente en más de una ocasión te has preguntado ¿qué IRPF me corresponde declarar?. Esta es una de las más dudas más recurrentes que surgen sobre todo cuando se acerca la fecha tope para llevar a cabo la declaración del IRPF.
Es perfectamente comprensible que la media de las personas pueda poseer algún tipo de duda o desconcierto, sobre todo cuando los organismos encargados de llevar a cabo el proceso de recaudación no informan de manera pertinente y oportuna a la población.
El monto real que se debe declarar por concepto de IRPF se encuentra asociado, entre otros factores, a las retenciones realizadas por Hacienda sobre la renta total del contribuyente y de manera fraccionada con anterioridad a la fecha de pago.
¿De qué se trata una retención y qué IRPF me corresponde tributar?
Por lo general nos hacemos esta pregunta una y otra vez con cada periodo fiscal, ¿por qué se nos retiene una parte de nuestros ingresos?, ¿es esto realmente necesario?.
Podríamos definir una retención, como una fracción de los ingresos generados por cada contribuyente en suelo español, los cuales son pechados de manera obligatoria por el estado (de allí su naturaleza de “impuesto”) con la finalidad de hacer frente al gasto público.
Pero ¿por qué se llevan a cabo estás retenciones?. Básicamente las retenciones efectuadas por Hacienda sobre nuestra renta de manera previa a la fecha tope del calendario fiscal, tiene una doble funcionalidad.
Por un lado, con esta iniciativa dicho organismo estatal pretende asegurar al menos una parte del pago correspondiente a la renta de las personas físicas en territorio español.
Y la otra arista de esta iniciativa, aunque muchos no lo crean, es beneficiar al contribuyente con el pago prorrateado de su desgravamen, mes a mes y de manera periódica.
El monto total a cancelar dependerá del monto total de ingresos generados durante el periodo fiscal, los desgravámenes como descuentos, exenciones, exoneraciones que estén contempladas por la ley y que se puedan aplicar a cada persona en particular, así como también la extinción periódica de la deuda a través de las retenciones del IRPF.
¿Qué IRPF me corresponde pagar si trabajo en una empresa?
La renta al trabajo suele ser una de las principales fuentes generadoras de ingresos para la gran mayoría de la población económicamente activa en España.
Todos los trabajadores insertados activamente al mercado laboral, los cuales forman parte de una organización, por lo general devengan un sueldo de manera periódica.
En este sentido, Hacienda establece una serie de retenciones que las organizaciones o empresas deben llevara a cabo mes a mes sobre la nómina de cada uno de sus trabajadores, con el objetivo de extinguir su deuda del IRPF.
Por lo general en estos casos cada empresa de pendiendo de su tamaño, funcionamiento y grado de complejidad, posee un departamento propio que se encarga de llevar a cabo este tipo de retenciones.
Las empresas más pequeñas o descentralizadas, le ceden su proceso contable a otras organizaciones que se especializan en este tipo de funciones, a través de un contrato de subcontratación o outsourcing.
Los trabajadores que trabajen bajo una relación de dependencia laboral, no deben preocuparse por lo general de llevar a cabo este tipo de retenciones, sin embargo, nunca está de más buscar un asesor contable que pueda orientarte adecuadamente acerca del impuesto que debes cancelar.
A través de esta asesoría podrás planificar adecuadamente el pago de tu IRPF, así como también obtener una mejor comprensión de los descuentos y exoneraciones que te permitirán aminorar el total de la deuda a cancelar.
¿Qué IRPF me corresponde pagar si trabajo como autónomo?
Por otro lado, el IRPF es un deber fiscal que también recae sobre los trabajadores autónomos en el libre ejercicio de su profesión. Sin embargo, debido a la forma en que estos perciben su renta, la forma en que ocurre la retención varía ligeramente.
En el caso de los trabajadores independientes, las retenciones deben realizarse sobre las facturas emitidas por concepto del pago de sus servicios.
Un factor a tener siempre en consideración en el caso de los trabajadores autónomos será el de su figura jurídica. Debemos recordar que el IRPF es un impuesto que recae solamente sobre las personas físicas.
En este sentido los profesionales autónomos, siempre que trabajen de manera independiente, pueden entenderse como personas fiscas. No obstante, las asociaciones profesionales como por ejemplo podría ser un bufete, o una empresa auditora, declaran un impuesto sobre la renta propio denominado como “Impuesto de Sociedades”.
Por este motivo las facturas que provengan de este tipo de entidades no deben ser incluidas como objeto de retención.
¿Todas las retenciones van dirigidas al IRPF?
Como acabamos de mencionar, el impuesto sobre la renta en España no siempre va dirigido a los particulares o personas físicas.
El estado español dentro de sus leyes y su ordenamiento, establece básicamente dos tipos de figuras sobre las cuales recae este tipo de impuesto:
- Las organizaciones empresariales, o las entidades que aglomeran algún tipo de gremio en particular, como los médicos, abogados, contadores, ingenieros, entre otros; en cuyo caso deben apegarse a la cancelación del Impuesto de Sociedades.
- El inmenso conglomerado de profesionales autónomos y la masa laboral integrada por trabajadores asalariados, donde el impuesto a una parte de su renta se especifica como IRPF.
Podemos observar claramente que el tipo de impuesto dependerá de quien soporte dicha carga impositiva. En las personas naturales o físicas será el IRPF, mientras en aquellas con un carácter jurídico recaerá el Impuesto de Sociedades.
Esperamos que este artículo te permita conocer un poco más acerca de las retenciones al IRPF y por tanto evites cualquier quebradero de cabezas al momento de cancelar tus impuestos ante Hacienda.
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