Devolución IRPF baja maternidad

Traer un hijo al mundo es una de las experiencias más satisfactorias que se pueden vivir. Esta es la realidad de millones de trabajadores activos que en algún momento de su vida laboral reciben la noticia de que pronto serán padres. El Estado español está comprometido a otorgar una pensión para cubrir el tiempo que ambos padres necesitan pasar con sus hijos en los primeros días de vida.

Hasta hace unos pocos años esta pensión debía tributarse como parte del IRPF que cada contribuyente debía pagar a finales del periodo fiscal. Sin embargo, a través de una resolución emanada directamente desde el Tribunal Constitucional, se ha resuelto que no solo este dinero será exonerado del pago de impuestos, sino que si lo cancelaste desde el año 2014 podrás solicitar una devolución del monto que hayas abonado.

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¿En qué consiste la baja por maternidad?

Todos aquellos trabajadores que están por traer un hijo al mundo o lo hicieron recientemente, pueden disfrutar de una pensión por maternidad o paternidad. Esta consiste en un monto dinerario el cual cubre el espacio de tiempo que la madre o el padre puede pasar con su hijo.

 Es cubierto por el Estado español a través de la Seguridad Social y corresponde al sueldo que los padres deberían devengar a través de su trabajo, ya sean trabajadores por cuenta ajena o profesionales autónomos. Pues durante este tiempo de cesantía, usualmente los contratos laborales quedan en suspensión y las empresas dejan de cubrir la carga en nómina de esta parte de su plantilla.

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Las personas que hayan decidido adoptar a un hijo o que asumen su tutela, también tienen derecho a este beneficio fiscal. En general los padres pueden pasar con sus hijos hasta 5 semanas y las madres disfrutarán de hasta 16 semanas de permiso y este tiempo se puede ampliar en caso de:

  • Si surge alguna complicación que lleve a hospitalizar al bebé, el plazo puede extenderse durante trece semanas más.
  • En los casos de hijos con discapacidad también se alarga 2 semanas.
  • Adopción o acogimiento múltiple amplia a dos semanas.

Los requisitos para poder optar a este derecho te los describimos a continuación:

  • Trabajadores menores de 21 años no se les exige el periodo mínimo para cotizar.
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  • Aquellos entre 21 y 26 años deben haber cotizado 180 días a través de su vida laboral, o al menos 90 días en los 7 años previos a la baja por maternidad.
  • Trabajadores mayores a 26 años se les exige 360 días cotizados en su vida laboral.

¿Quiénes pueden hacer efectiva la devolución IRPF por baja maternidad?

Todos aquellos trabajadores que por motivo del nacimiento de un hijo pudieron percibir las prestaciones correspondientes por maternidad entre los ejercicios fiscales correspondientes a los años 2014 a 2017, pueden hacer uso de su derecho al reintegro íntegro de la devolución IRPF por baja maternidad y paternidad.

Por otro lado, Si el disfrute de la pensión se llevó a cabo en a lo largo del año 2013 lamentablemente estos contribuyentes no podrán exigir la devolución de su dinero, pues la resolución del Tribunal Constitucional no abarca ese lapso de tiempo.

Debemos recordar que la ley cubre de manera distinta los plazos en que la madre y el padre pueden disfrutar del tiempo con su hijo. En el caso de las madres el monto por concepto de IRPF por baja maternidad abarca hasta 4 meses, durante los cuales Seguridad Social cubre el sueldo y todos los beneficios asociados al mismo para que puedan pasar tiempo de calidad con sus hijos.

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Aunque la cobertura en el caso de los padres es mucho menor, también estos pueden hacer uso de su derecho y reclamar lo abonado como parte del impuesto sobre la renta que está asociado a la pensión por paternidad.

Hoy en día los contribuyentes que ocupan un cargo como trabajador activo pueden hacer valer la devolución IRPF por baja maternidad, gracias a que en su momento numerosos casos relacionados con este tema fueron tratados a nivel judicial con sentencias dispares, siendo muchas de ellas incluso contradictorias.

Pues es un inicio, la ley solo contemplaba la devolución IRPF por baja maternidad en el caso de que corriera por cuenta de la Comunidad Autónoma de la cual hacía parte el contribuyente. Finalmente se optó por resolver este problema al decretar que la devolución IRPF por baja maternidad debía hacerse efectiva sin importar que organismo la otorgara.

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¿Qué mecanismos existen para reclamar la devolución IRPF por baja maternidad?

Para poder hacer efectiva la devolución IRPF por baja maternidad, solo debes poner en marcha una notificación ante Hacienda donde pones de manifiesto la devolución de ingresos indebidos, por el monto al cual haya ascendido tu pensión de maternidad al momento de ser disfrutada.

Este tipo de procedimiento es bastante sencillo, pues para llevarlo a cabo solo basta llenar el formulario que la Agencia Tributaria pone a tu disposición para este fin. Actualmente existen dos maneras de presentarlo. La primera consiste en descargar e imprimir el formulario para acudir presencialmente ante cualquiera de las oficinas de Agencia Tributaria que están ubicadas a lo largo y ancho del país.

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Con este formulario deberás indicar el periodo fiscal durante el cual recibiste la pensión por maternidad, así como tus datos personales y bancarios, más específicamente tu nombre, apellido, así como la información correspondiente al NIF o NIE y el número de cuenta bancaria de la cual eres titular para que se haga efectiva la devolución IRPF por baja maternidad.

La segunda opción es mucho más práctica, pues simplemente consiste en llevar a cabo el procedimiento fiscal a través del portal web del organismo público antes mencionado (AEAT). Lo primero que deberás hacer es ingresar al portal haciendo uso de tu certificado electrónico o Cl@ve PIN.

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Si aún no dispones de los medios antes mencionados, entonces podrás solicitar un número de referencia provisional, para ello solamente deberás introducir tu DNI y la fecha en que este documento es válido, es decir la fecha en la cual fue emitido y la fecha en que vencerá. Por último, solo basta suministrar la información correspondiente a la casilla 450 correspondiente a la declaración del ejercicio fiscal anterior.

 De esta forma el sistema en línea te reconocerá automáticamente con tus datos como contribuyente y procederá a efectuar la devolución IRPF por baja maternidad. Vale la pena acotar que la vía telemática es la recomendada por la Agencia Tributaria para realizar este procedimiento de una manera mucho más rápida y eficiente.

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