IRPF Donaciones inmuebles

Realmente la declaración de la renta es obligatoria para todas las personas mayores de edad que residen en España, por lo tanto es muy común que te soliciten el certificado de la misma, al momento de realizar cualquier trámite.

Si has escuchado hablar acerca del IRPF o los modelos de declaración de renta del BOE y no sabes de qué se trata, no te preocupes que hoy hablaremos un poco acerca de este tema, así podrás resolver una o más dudas que tengas al respecto.

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¿Las donaciones tributan en renta?

La verdad es que esta es una de las dudas más frecuentes que pueden presentarse los contribuyentes que han recibido una donación pues no es común recibir este tipo de beneficios. Realmente muchas personas pueden realizar una donación de capital a coste cero o ceder inmuebles en vida a sus familiares, sin embargo, esto no quiere decir que no tengan un costo o que no se deben incluir en la declaración de los impuestos.

Por eso a veces este proceso de hacer la donación no resulte tan fácil, pues generalmente las personas hacen el procedimiento como creen que se realiza pero más adelante tienen que cumplir con conocimiento o no del proceso, con los impuestos. Lo más común es que las personas no tienen información de que esta acción tiene una obligación de tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), además de que esto corre por cuenta del donatario.

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En España particularmente las donaciones no tributan en la declaración de la renta, pero si lo hacen en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, por ello siempre debe considerarse la ley tributaria antes de llevar a cabo este tipo de procedimientos.

Casi siempre ocurre que el donatario se percata de que tiene la obligación de tributar por la donación que ha recibido, cuando ya ha expirado el plazo de 30 días hábiles después del acto de cesión. Casi siempre las personas se ven expuestas a sanciones o intereses que pueden ser un monto alto, así que lo mejor es conocer toda la información al respecto.

Casi siempre esto es desconocido por ambas partes y muchas veces el que recibe la donación se ve envuelto en problemas por no saber cómo hacer el procedimiento. En todo caso lo mas recomendable es que puedas planificar la cesión y puedas determinar todo lo que se debe pagar en el IRPF y en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, para tener claro si en realidad actualmente te conviene.

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¿Cómo tributa en la declaración de la renta la donación de un inmueble?

Esta es una de las dudas más frecuentes en las personas que poseen varios inmuebles y quieren donar alguno, pues como te comentamos anteriormente esta situación puede afectar a los que reciben la cesión pero también al donante. Entonces, lo que debes tener claro es que la donación de un inmueble solo tributa en IRPF para el donante, en pocas palabras el donante debe tributar por la ganancia patrimonial que se ha generado con la transmisión de acuerdo a los artículos 34 y posteriores.

Esta ganancia se valora de acuerdo a la diferencia entre el valor que se le ha asignado a lo donado a efectos del ISD con el límite del valor de mercado y el valor de adquisición del bien o derecho. Sin embargo, debe quedar claro que estarán exentas de IRPF las ganancias patrimoniales que se originan de la transmisión de la vivienda habitual por personas mayores de 65 años o por personas que se encuentren en situación de severa o gran dependencia.

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Impuestos de una donación en renta y plusvalía municipal

De manera general te hemos dejado claro que es el donatario o la persona que recibe la donación es quien debe pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, pero la ganancia generada con la donación con respecto al valor inicial de los bienes se encuentra exenta de tributar en el IRPF.

También te mencionamos que este proceso traerá consecuencias fiscales para los donantes, que tendrá que cancelar de acuerdo a las siguientes obligaciones fiscales:

  • En el IRPF: el donatario no tiene la obligación de tributar la ganancia que se genera en la donación, similar a lo que ocurre en una compraventa, no obstante, la diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión se debe tributar por parte del donante en el IRPF.
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  • Plusvalía municipal: este es un impuesto local que se va a generar por el aumento de valor de los bienes inmuebles urbanos al pasar el tiempo, en el caso de que al transcurrir un periodo incremente su valor, deberá tributar. En cambio, si no ha incrementado el valor no se debe tributar.

Cómo calcular la ganancia o pérdida patrimonial en una donación

Para determinar cuáles son los gastos que puedes incurrir al momento de hacer una donación o recibirla, debes conocer la diferencia de valor entre la adquisición y la transmisión del inmueble, ya que a los precios de adquisición y donación se les puede agregar los gastos que por supuesto influyen en la tributación.

¿Cómo calcular el valor de transmisión?

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Entonces debes conocer el importe real por el que la donación se habría efectuado, este es el valor que se encuentra establecido en la escritura se conoce también como valor comprobado o declarado.  En el caso de los tributos y gastos referidos a la transmisión, se deben excluir los intereses cubiertos por el donante como el pago de la plusvalía municipal.

Entonces, el valor de transmisión es: Importe real – tributos y gastos

Para el valor de adquisición el cálculo sería: Importe real + coste de las inversiones y mejoras + gastos y tributos – amortizaciones deducibles.

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Al costo de las inversiones se les debe agregar las mejoras efectuadas en el bien inmueble, los gastos y tributos incluyen todos los que comprenden la adquisición como las comisiones, IVA, ITP y AJD, ISD, entre otros, excluyendo los intereses que ya han sido cubiertos por el donatario.

Esperamos haberte ayudado a resolver tus dudas sobre el IRPF en los casos de donaciones de inmuebles. Si tienes alguna información adicional no dudes en comentárnoslo o hacérnosla llegar. Si deseas puedes compartir el artículo con tus amigos y redes sociales para que muchas mas personas obtengan esta valiosa información.

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