Mínimo exento IRPF

En España el IRPF es el impuesto que posee mayor importancia de todos los que se pagan, esto se debe a que cada año la contribución de cada declarante permite recaudar una gran cantidad de dinero que puede ser reinvertido en diferentes áreas importantes del país como la sanidad, cultura, educación, infraestructuras, entre otras áreas.

En torno a este procedimiento giran muchas preguntas e informaciones, ya que en muchos casos no tenemos claro como realizar la declaración, cuales son las actividades o montos que se deben declarar o cual es el mínimo exento.

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En virtud de esto hemos decidido recopilar toda la información necesaria para comprender todo lo necesario acerca de este tema y descubrir cuál es el mínimo exento IRPF.

¿Cuál es el importe mínimo para la declaración de la Renta?

Antes de realizar los pasos necesarios para cumplir con el fisco y declarar la renta, lo primero que debes hacer es determinar si se llega al importe mínimo para hacer la declaración o conocer cuál es el mínimo exento. Ya que en función de esto tendrás que hacer o no el procedimiento necesario.

Pongamos como ejemplo la reciente campaña de la Renta 2018 que tenía como plazo límite el 1 de julio de 2019.

Desde antes de abril cada persona estaba en la obligación de determinar si se estaba en la obligación de realizar la declaración de este año. Pero te estarás preguntando ¿Cómo saber si debo declarar o no la renta?

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La verdad es que es muy sencillo, solo hay que buscar cada año cual es el importe mínimo que se debe declarar o cual es el mínimo exento, ya que a partir de los montos establecidos podrás saber si es necesario que declares la renta o no.

Veamos entonces de manera general en función de los rendimientos del trabajo, cuales son los límites de la declaración:

Límite de la declaración en 22.000 euros

Para la declaración de la renta 2018 se estableció que si los rendimientos del trabajo personal de 2018 procedían de un único pagador y no superaban los 22.000 euros brutos anuales, no había  la obligación de presentar la declaración.

En este mismo orden de reglas, si igual no se llegaba a tener los ingresos de 22.000 euros pero el dinero provenía de diferentes pagadores, tampoco se tenía que hacer la declaración con la salvedad de que la suma de lo ingresado por el segundo y el resto de pagadores no superara la cantidad de 1.500 euros brutos anuales.

Por otra parte, las personas que perciban pensiones de jubilación, prestaciones por desempleo, pensiones compensatorias o pagos por bajas médicas son contempladas en este apartado. Sin embargo, para que el procedimiento sea viable  el contribuyente debió solicitarlo a través de la presentación del modelo 146.

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Límite de la declaración en 12.643 euros

Hay otro caso, en que los ingresos por rendimientos del trabajo proceden de varios pagadores pero la suma de las cantidades percibidas del segundo y los restantes supera los 1.500 euros anuales, por lo que el límite para estar exento de declarar desciende hasta los 12.643 euros brutos por año.

Esto fue particularmente por este año, pues anteriormente el límite se encontraba en 12.000 euros por año.

Este monto de 12.643 euros quedó también estableció para los casos en el que las personas perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos (quedando exentas estas últimas en el caso de que procedan de los padres por decisión judicial), cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no tenga la obligación de retener y cuando se perciban los rendimientos completos del trabajo sujetos a un tipo fijo de retención.

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Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales

En este caso cuando los contribuyentes tengan ingresos que proceden de rendimientos del capital mobiliario y/o de ganancias patrimoniales que se sumen en conjunto los 1600 euros anuales, sí tendrán la obligación de presentar la declaración por el IRPF.

Rentas inmobiliarias, letras del tesoro y subvenciones

En el caso de que los ingresos sean procedentes de rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del tesoro y subvenciones para adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado y superan el límite conjunto de 1.000 euros brutos anuales, el contribuyente se encuentra en la obligación de hacer la declaración

En ningún caso están obligados a declarar…

También hay contribuyentes que se quedan exentos, estos son aquellos ciudadanos que obtengan rendimientos íntegros del trabajo o del capital, tanto de actividades económicas o ganancias patrimoniales que en su conjunto no superen los 1.000 euros brutos anuales.

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Tampoco deben declarar aquellas personas que hayan tenido pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

De manera general, debes tener claro que tendrán la obligación para hacer la declaración todos los contribuyentes que perciban cualquier tipo de rentas diferentes a las que te hemos descrito anteriormente o que simplemente superen los limites de importes máximos establecidos.

Es normal que después de declarar el impuesto se solicite el certificado de la declaración de manera voluntaria ya que para realizar diversos trámites se requiere el comprobante de que hiciste la declaración.

Entre los trámites que requieren este certificado se encuentran: solicitar subvenciones públicas o privadas, avalar ingresos para el alquiler de un inmueble, solicitar becas y ayudas escolares, elaborar un historial personal de los ingresos, entre otros trámites. Por lo tanto, no debes olvidar imprimir cualquier tipo de certificado que necesites.

Realmente  realizar estos trámites tributarios a veces resultan un poco complicados, debido a que normalmente no estamos acostumbrados a realizarlos, No obstante, solo debes asegurarte de cuáles son los documentos que necesitas para realizar los trámites que deseas hacer, puesto que de esta manera vas a saber cuál es el procedimiento a seguir.

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En todo caso si no lo tienes muy claro, lo mejor es que te acerques a la oficina de Hacienda que te corresponda, ahí siempre encontraras algún personal que te proporcione la orientación que necesitas y así puedas completar el procedimiento de la manera más adecuada.

Si has entendido todo lo referente a las rentas y el mínimo exento en la declaración de la renta, comparte la información con todos tus amigos y en todas tus redes sociales para que más personas sepan cómo realizar el trámite. ¡Y por supuesto no olvides calificarnos!

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